El pasado 17 de julio se publicó en el BOE el RD 677/2024 que modificaba el RD 1364/2010 que regula los concursos generales de traslados de ámbito estatal. Las principales novedades incluidas son:
- Modificación en los criterios de desplazamientos/supresiones, ya que, desde este curso, los dos primeros criterios que se aplicarán en todos los cuerpos docentes, en caso de desplazamiento y/o supresión, serán:
1º Antigüedad con destino definitivo en el centro.
2º Tiempo de servicios como funcionario docente (interino, en prácticas y de carrera)
- Baremo de méritos: los cambios en el baremo son los siguientes:
- En el apartado de antigüedad:
- Antigüedad en el centro como funcionario de carrera:
- Por el primero y segundo año: 4 puntos por año
- Por el tercer año: 6 puntos
- Por el cuarto y siguiente: 8 puntos por año
- Por cada año en situación de provisionalidad como funcionario de carrera: 4 puntos por año
- Por cada año como funcionario de carrera en centros de especial dificultad, estando como definitivo, provisional o en comisión de servicios: 4 puntos por año.
- En el apartado de antigüedad en el cuerpo se tendrán en cuenta los años como interino y como funcionario en prácticas.
– En el apartado de méritos académicos:
- El título de Doctor se valorará con 6 puntos
- Se valorará más de un Master, cada uno con 3 puntos, salvo que sea el Master que se acreditase para ser docente.
- Los títulos de Grado se seguirán valorando con 5 puntos pero si ha sido obtenido partiendo de otra titulación y no se ha cursado completo se valorará con 2,5 puntos.
- Los títulos profesionales de Música o Danza pasan a valorarse con 2 puntos por cada título.
– En el apartado de cargos directivos y otras funciones: se puede llegar a obtener una puntuación de 30 puntos y se valorará:
- Por haber sido director/a: 4,5 puntos por año
- Por haber sido jefe/a de estudios, secretario/a, Vicedirector/a, Subdirector/a: 3 puntos por año
- Los cargos de coordinación docente, función tutorial y figuras análogas: 1,5 puntos por año. En este subapartado sólo se puede obtener un máximo de 10 puntos.
– En el apartado de formación y perfeccionamiento: se podrá obtener un máximo de 15 puntos. Y dentro de este apartado se modifican los siguientes subapartados.
- Actividades de formación superadas: se pasa a valorar con 9 puntos como máximo, en vez de los 6 puntos actuales.
- Se valorará la acreditación de la competencia digital hasta un máximo de 3 puntos.
- Los certificados en idioma extranjero expedidos por entidades reconocidas distintas de las Escuelas Oficiales de Idiomas se valorarán con la misma puntuación que estos se vienen valorando pero se sitúan en este apartado y no el apartado de méritos académicos como los de las EOI. Esta puntuación es incompatible con la obtenida por el mismo idioma en las Escuelas Oficiales de Idiomas, valorándose la de nivel superior en el apartado correspondiente.
– En el apartado de otros méritos:
- Se incluye la tutorización de la fase de prácticas de los seleccionados por concurso-oposición desde el curso 2023/2024.
Estas novedades en el baremo del Concurso de Traslados, introducidas en el Real Decreto, se ven complementadas con las Normas Procedimentales que publica el Ministerio de Educación cada curso que se celebra un concurso de traslados de ámbito estatal, como ocurrirá en el presente curso. A fecha de cierre de esta revista, el Ministerio de Educación ha enviado a las organizaciones sindicales el borrador de dichas normas. En estas se concreta que la competencia digital docente se valorará con 0,5 puntos el nivel A1, incrementándose cada nivel en 0,5 puntos más hasta llegar a los 3 puntos del nivel C2 de competencia digital. Concreta también el apartado 6 de otros méritos, siendo idéntico al de convocatorias anteriores salvo la inclusión de la valoración por ser tutor/a de funcionarios en prácticas que se valorará con 0,2 puntos por curso.