Medidas sobre la organización y funcionamiento de los centros docentes públicos
La Consejería de Educación va a actualizar la normativa referente a la organización y funcionamiento de los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, estableciendo una serie de medidas que son el resultado del trabajo llevado a cabo desde el pasado mes enero con las organizaciones sindicales.
En la Mesa Sectorial donde se trató la ratificación o no de este acuerdo de mejoras, ANPE junto al resto de las organizaciones sindicales, tomamos la postura de no suscribir dicho acuerdo al considerarlo totalmente insuficiente.
Medidas
Primera: Horario lectivo Cuerpo de Maestros
- El horario lectivo del Cuerpo de maestros que imparta docencia en centros de educación infantil y primaria y centros de educación especial se reduce en dos periodos lectivos a partir del curso 2023/2024, pasando de 25 a 23 periodos lectivos.
- Esta reducción se realizará de manera progresiva, de forma que para el curso 2023/2024 el profesorado mencionado con anterioridad contará con 24 periodos lectivos y para el curso 2024/2025 con 23 periodos lectivos. Los períodos lectivos que se reducen pasan a ser complementarios.
Segunda: Escuela rural
- Se incorporan mejoras en relación a los periodos de dedicación del equipo directivo a las tareas de dirección, incrementando el número de periodos.
- Los Colegios Rurales Agrupados tendrán un equipo directivo completo cuando cuenten con un mínimo de tres sedes y seis o más unidades
- Se crea la figura del secretario en los centros de educación infantil y primaria en los centros de cinco o más unidades y menos de nueve.
Tercera: Jornada escolar
Se flexibilizarán los periodos complementarios realizados en horario vespertino, de la siguiente forma:
- Curso 2023/2024: dos tardes al mes.
- Los periodos complementarios no realizados en horario de tarde, se incorporarán a los periodos de cómputo semanal de obligada permanencia en el centro.
Cuarta. Mejora de las condiciones de los equipos directivos para el ejercicio de sus funciones como órgano ejecutivo de gobierno de los centros docentes públicos
Se aumentará los periodos dedicados a la tarea de la función directiva. También para los equipos directivos habrá asignación de horas lectivas dedicadas a los servicios complementarios del centro.
Quinta. Simplificación administrativa para el desarrollo de las funciones de los diferentes órganos de coordinación docente
Las reuniones de los órganos de gobierno y de coordinación docente, podrán celebrarse de forma telemática. No será aplicable a las reuniones referidas a las sesiones de evaluación, que tendrán que realizarse siempre de manera presencial.
Sexta. Compromiso con los proyectos y programas del centro e impulso a la innovación educativa
- Creación de un número global de periodos lectivos semanales que incluirán las funciones a realizar para la coordinación de bienestar y protección, para la coordinación ITED y para la coordinación de biblioteca.
- A la persona que desempeñe la coordinación del programa de Sección Bilingüe en cualquiera de estas enseñanzas y etapas se le computarán, para la realización de sus funciones, tres periodos lectivos semanales.
- Para el mejor desempeño de sus funciones, a la persona coordinadora del área de Atención Educativa, se le computarán de uno a tres periodos lectivos semanales de docencia directa.
- El representante de formación del centro contará con dos periodos complementarios semanales para el desarrollo de sus funciones.
- Se computarán un número de horas lectivas para la coordinación de los planes, proyectos y programas de innovación educativa ofertados o autorizados por la Consejería de Educación. También del resto de planes, proyectos y programas ofertados por las administraciones educativas.
Séptima. Formación Profesional
Mejora en el horario de tutoría del módulo profesional FCT y en la Formación Profesional Dual.
Octava. Orientación educativa
- Centros que imparten enseñanzas de educación infantil, primaria y especial:
De manera progresiva, se aumentará la presencia en los centros del personal de orientación educativa y psicopedagógica. - Centros que imparten enseñanzas de educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional.
- Se modifica el horario lectivo del profesorado de la especialidad de Orientación Educativa.
Novena. Ratio del segundo ciclo de Educación Infantil
Teniendo en cuenta la finalidad de la etapa, su carácter y los principios pedagógicos de la misma, se hace necesario bajar las ratios a fin de poder ofrecer una enseñanza de calidad que garantice el éxito en la educación y una personalización del aprendizaje adecuada a las características del alumnado de dicha etapa.
La ratio en infantil se reducirá de manera progresiva de la siguiente manera:
- La relación de alumnos y alumnas por unidad para el curso 2023/2024 será de un máximo de 22 alumnos para el primer curso de infantil del segundo ciclo.
- La relación de alumnos y alumnas por unidad para el curso 2024/2025 será de un máximo de 22 alumnos para el primer y segundo curso del segundo ciclo de infantil.
- La relación de alumnos y alumnas por unidad para el curso 2025/2026 será de un máximo de 22 alumnos para todo el segundo ciclo.
ANPE tilda de absolutamente insuficientes las medidas adoptadas por la Consejería de Educación
Desde ANPE Extremadura, nos congratulamos, como no puede ser de otra manera, de la reducción de horas lectivas de los docentes de infantil y primaria aunque pensábamos que desde el próximo curso se iban a reducir a 23 horas, sin año de transición, así como la reducción de ratios para la etapa de infantil, aunque no sean las demandadas pues siempre hemos solicitado quince alumnos para la misma, veinte para primaria y veinticinco como máximo para ESO y bachillerato.
El resto de medidas que se implementarán tampoco nos son extrañas pues hemos estado negociando las mismas, pero hasta el último momento hemos insistido que un acuerdo necesario y demandado por todo el profesorado extremeño debía introducir la eliminación de las tardes de los docentes de infantil y primaria como línea roja, ya que la obligatoriedad de asistir al centro educativo dos días al mes en horario de tarde va en contra de una jornada escolar continua. Es fundamental y necesario la remuneración de las tutorías en todos los niveles educativos, al igual que la equiparación salarial ya que los docentes extremeños se encuentran en el vagón de cola de las retribuciones con respecto a los del resto de las Comunidades Autónomas, sin contar que Extremadura es la que en menor cuantía reconoce los distintos cargos de dirección y demás puestos de coordinación o funciones dentro de un centro. La mejora de las condiciones económicas del profesorado extremeño ya lo puso ANPE como condición indispensables cuando comenzaron las negociaciones de estas medidas y recientemente lo hemos vuelto a reclamar por registro a la Consejería de Educación junto a un estudio que hemos realizado de los complementos retributivos de los docentes extremeños y que supone un agravio comparativo respecto al resto de las Comunidades Autónomas.
La enseñanza pública, y especialmente su profesorado, esperaba un mejor acuerdo ya que las medidas anunciadas por la Consejería de Educación, no soluciona los problemas demandados por su profesorado, motivo por el cual ANPE Extremadura no ha firmado dicho acuerdo.
Procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos
La Consejería de Educación de Extremadura ha convocado un proceso selectivo de acceso para cubrir plazas de personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y Catedráticos de Escuelas Oficiales de idiomas.
El total de plazas convocadas son 115 (acceso 1) y 14 (acceso 2) para el Cuerpo de Profesores de Secundaria y de 4 plazas 8acceso 1) para el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para participar en el procedimiento los interesados deben ser funcionarios de carrera en el ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y acreditar una antigüedad mínima de ocho años como personal funcionario de carrera en el correspondiente cuerpo de profesores.
La fecha de efectos del nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos será el 1 de septiembre posterior a la fecha de finalización del procedimiento. Las personas seleccionadas estarán exentas de la realización de la fase de prácticas, permaneciendo en el mismo destino que ocupan en el cuerpo de procedencia.
El procedimiento será un Concurso de Méritos que tendrá los siguientes apartados:
- Trabajo desarrollado (máximo 5,5000 puntos).
- Antigüedad (máximo 4,0000 puntos)
- Desempeño de funciones específicas como funcionario de carrera, evaluación voluntaria y positiva de la función docente realizada por la Inspección de Educación (máximo 2,5000 puntos)
2. Cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre actualización científica y didáctica (máximo 3,0000 puntos)
- Por cada curso de formación y perfeccionamiento recibido que verse sobre aspectos científicos o didácticos, convocado por las administraciones educativas, por instituciones sin ánimo de lucro que hayan sido homologados o reconocidos por las administraciones educativas, así como los convocados por las universidades (máximo 1,0000 puntos)
- Por congreso, jornada, curso de formación y perfeccionamiento impartidos que trate sobre los aspectos científicos o didácticos correspondientes a la especialidad por la que se opta, convocado por las administraciones educativas y/o universidades (máximo 2,0000 puntos)
3. Méritos académicos y otros méritos (máximo 3,0000 puntos)
- Méritos académicos (máximo 1,5000 puntos)
- Publicaciones, participación en proyectos educativos, premios y méritos artísticos (máximo 1,5000 puntos)