Se condena al padre de un menor, como autor criminalmente responsable de un delito de coacciones
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ratifica la Sentencia del Juzgado de lo Penal número 1, en cuyo fallo se condena al padre de un menor, como autor criminalmente responsable de un delito de coacciones, imponiéndole, además de la pena de multa, medidas de alejamiento y prohibición de comunicarse por cualquier medio con los profesores afectados del colegio de su hijo.
Frente a dicha resolución se interpuso recurso de apelación solicitando su absolución, o subsidiariamente, la minoración de la pena en consonancia con un delito leve de coacciones.
La Audiencia Provincial considera que los hechos probados que integran el delito de coacciones en este caso son de suficiente entidad para ser calificados como graves.
El Secretario del centro retiró el móvil al menor por estar prohibido el uso y posesión del mismo. El padre, tras ser avisado por el colegio, se presentó en el centro escolar. Con su actitud intimidatoria, mediante amenazas e irrupción en el aula para devolver el móvil a su hijo, consiguió el propósito de que nadie se atreviera a retirarle el móvil a su hijo.
La confirmación de esta sentencia puede interpretarse como un paso hacia delante en la mayor implicación de los tribunales en atajar la violencia que se ejerce sobre el profesorado.