ANPE 625 Febrero-Marzo 2025

martes, marzo 25, 2025
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Procedimiento de adjudicaciones de interinos una vez iniciado el curso escolar

Se ha publicado la Resolución que regula el procedimiento para la adjudicación de destino, una vez iniciado el curso escolar, a las personas integrantes de las diferentes tipologías de listas de espera dejando.

I. El procedimiento de llamamiento telemático informatizado regulado en la presente resolución será de aplicación a las adjudicaciones de plazas vacantes o sustituciones que se produzcan una vez iniciado el curso escolar.

II. En la adjudicación de plazas o sustituciones para cada especialidad, tras el inicio de curso, el orden de prelación de las listas de espera, será el siguiente:

  1. Listas ordinarias.
  2. Listas supletorias.
  3. Listas extraordinarias.

III. Están obligadas a participar en este procedimiento, optando al menos a las plazas o sustituciones de carácter obligatorio que según su zonificación se hayan convocado, las personas integrantes de las listas de espera ordinarias, supletorias o extraordinarias:

  1. Que a las 23:59 horas del día anterior al que se realice el llamamiento:
    – No estén ocupando ninguna plaza o sustitución.
    – No estén en situación de reserva en bolsa.
    – No se encuentre en tramitación una exclusión de la bolsa.
  2. Que sean convocadas por la Dirección General de Personal Docente para presentar la correspondiente solicitud.

IV. Efectos derivados de la no participación en el procedimiento. En el caso de que alguna persona aspirante convocada no presente solicitud, estando obligada a ello, pasará a ocupar el último puesto de la lista de la especialidad convocada, siempre que una persona solicitante situada por detrás de ella en la correspondiente lista obtenga plaza en la zona o zonas solicitadas, salvo que se trate de las plazas de carácter voluntario. En lo referente a la implementación de la penalización referida, para cada especialidad serán tratados el conjunto de personas que resulten relegadas tras cada adjudicación en bloque y llevados al final de cada lista. El orden de las personas de cada bloque tratado será determinado por su orden de baremo.

V. Las personas aspirantes pueden presentar renuncia previa a participar en los llamamientos, sin alegar causa justificada, siempre que lo hagan antes de ser convocadas. En caso de pertenecer a varias listas de espera ordinaria, supletoria o extraordinaria, pueden renunciar a ser llamadas por alguna de ellas o por todas. Ello conllevará que queden disponibles en el resto de listas de las que formen parte y a las que no hayan renunciado. Las personas que renuncien a los llamamientos y que, al finalizar el curso académico permanezcan en dicha situación, serán activadas de oficio como disponibles para el curso académico siguiente.

VI

6.1. Las convocatorias para la provisión de plazas o sustituciones se realizarán en días laborables. Con carácter general, y de forma ordinaria, serán los martes y viernes y, extraordinariamente, cuando las necesidades lo requieran.

6.2. Las personas integrantes de las listas de espera deberán obtener su usuario de la plataforma educativa “Rayuela”, con carácter previo a la convocatoria.

6.3. Se distinguirá entre plazas o sustituciones voluntarias y obligatorias:

a) Serán plazas o sustituciones voluntarias aquellas que pueden ser solicitadas libremente por la persona aspirante y que, en caso de no hacerlo, no tendrán ninguna consecuencia para ella. Éstas serán:

  • Escuela Hogar.
  • A media jornada.
  • Itinerantes.
  • Centro penitenciario.
  • Bilingües.
  • Plazas de los programas de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
  • Plazas de desempeño en el Aula del Centro de Cumplimiento de Medidas Judiciales “Vicente Marcelo Nessi” de Badajoz.
  • Plazas en los equipos generales de orientación educativa, equipos de atención temprana y equipos específicos.

Las plazas o sustituciones voluntarias podrán ser solicitadas por todas las personas integrantes de la lista de espera correspondiente que tengan seleccionada en su zonificación la zona en la que se ubica dicha plaza, excepto las plazas bilingües que, además de cumplir con el requisito de zonificación, deben tener reconocida la correspondiente habilitación lingüística para la impartición de éstas.

b) El resto de las plazas o sustituciones no incluidas en el apartado anterior serán obligatorias para todas las personas integrantes de las listas ordinarias, supletorias y extraordinarias. En el caso de no ser solicitadas por la persona aspirante convocada, y alguna de estas plazas resulte adjudicada a una persona solicitante situada por detrás de ella en la correspondiente lista y zonificación, conllevarán los efectos que se concretan en el apartado IV de la misma.

6.4. Cada plaza o sustitución se ofrecerá al menos una vez en el sistema de llamamientos a las personas disponibles integrantes de listas ordinarias, supletorias y extraordinarias. En el supuesto de que una plaza de una determinada especialidad se publique en el sistema de llamamientos telemático, resultando no adjudicado, podrá utilizarse para su cobertura o bien listas de espera afines que se determinen por la Dirección General de Personal Docente, o bien convocatorias de llamamientos urgentes a las que podrán concurrir aquellas personas que cumplan los requisitos que en cada convocatoria se concreten. En estos casos, dichas plazas o sustituciones tendrán carácter voluntario.

6.5. La determinación de la lista afín se realizará considerando la Orden de Titulaciones vigente.

VII. Fases del procedimiento para la provisión de plazas o sustituciones, una vez iniciado el curso escolar.

7.1. Publicación por la Dirección General de Personal Docente de la convocatoria de llamamiento para la cobertura de plazas y sustituciones en el portal educativo http://profex.educarex.es la convocatoria de llamamiento para la cobertura de plazas y sustituciones. Se indicará:

  • La relación de plazas o sustituciones ofertadas por cuerpo y especialidad, así como sus características. Las plazas de Apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales, Apoyo al área de ciencias o tecnológica, Apoyo al área práctica, Cultura Clásica, así como aquellas otras que sean definidas por su perfil, se tendrán en cuenta y se añadirán a las vacantes de la especialidad correspondiente.
  • El día y la hora en el que finaliza el plazo para la presentación de solicitudes.
  • Las personas candidatas y el orden en que se encuentren disponibles para la solicitud de las plazas ofertadas.
  • La fecha prevista de cese, que tendrá carácter orientativo.

7.2. Las personas interesadas deberán presentar la solicitud de manera telemática a través que se encontrará publicado en el portal http://profex.educarex.es/. El acceso a dicha solicitud se realizará mediante el usuario y la clave de la plataforma educativa “Rayuela”. Una vez se haya accedido, se procederá a la cumplimentación según las instrucciones disponibles en dicha página. Si la persona interesada cumplimenta vía Internet varias solicitudes, se tendrá en cuenta la última. Las personas interesadas relacionarán en su solicitud, por orden de preferencia, las plazas o sustituciones elegidas. Las plazas o sustituciones de carácter bilingüe únicamente podrán ser solicitadas por aquellas personas integrantes de listas de espera que estén habilitadas para impartir el idioma correspondiente. No se tendrán en cuenta las peticiones de plazas o sustituciones de la zona a la que la persona interesada haya renunciado, entendiéndose igualmente como no solicitadas. La adjudicación se realizará en función de las zonas consolidadas (zonificación vigente) que el aspirante tuviera reconocida en el momento de la publicación de la convocatoria. A este respecto, se realizará la consolidación de zonas previamente a la publicación de los candidatos de cada convocatoria, teniendo en cuenta la zonificación pendiente que se hubiera consignado antes de las 10:00 horas del día anterior a la publicación de cada una de las convocatorias. En caso de que las personas interesadas sean convocadas por varias especialidades, la adjudicación se realizará sobre la base del orden de preferencia que haya indicado en la solicitud, pudiéndose incluir en ésta, peticiones de las diferentes especialidades. La adjudicación de las plazas o sustituciones ofertadas se hará pública por Resolución de la Dirección General de Personal Docente en un plazo inferior a 24 horas desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Las personas interesadas deberán tomar posesión de la plaza o sustitución adjudicada en la fecha que se establezca en la Resolución. En el caso de no tomar posesión de la plaza en la fecha indicada, se procederá a su exclusión definitiva de todos los cuerpos y especialidades de todas las tipologías de listas de espera a las que pertenezca, salvo que exista causa de fuerza mayor que imposibilite su incorporación al centro y así lo comunique en un plazo de 24 horas y lo acredite documentalmente en un plazo de diez días desde que se produzca el hecho causante.

Las personas interesadas deberán presentar en la correspondiente Delegación Provincial de Educación, de forma exclusivamente telemática y en el correo electrónico nominas.dpba@juntaex.es (en caso de corresponder el centro a la Delegación de Badajoz), y en el correo electrónico nominas.dpcc@juntaex.es (en caso de corresponder el centro a la Delegación de Cáceres), en un plazo inferior a 24 horas desde la publicación de la adjudicación, la siguiente documentación:

A. La autorización, debidamente cumplimentada y firmada, para que, por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, se compruebe de oficio, a través del Registro Central de Delitos Sexuales, si cuenta con antecedentes penales por la comisión de delitos contra la libertad e identidad sexual. En caso no haber dado su consentimiento, deberá aportar certificación negativa actualizado, antes de su incorporación, en la Delegación Provincial de Educación que corresponda a la provincia donde radique el centro al que está adscrita la plaza adjudicada.

B. Si prestaron servicios anteriormente, ya sea en la provincia de Cáceres o Badajoz, no tendrán que presentar ningún documento, salvo que haya cambiado: La situación familiar, o cuenta bancaria.

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