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domingo, diciembre 1, 2024
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Modificación del RD 1364/2010 que regula los concursos generales de traslados

La sentencia 1081/2022 del Tribunal supremo obliga a modificar el Concurso General de Traslados.

El pasado 22 de septiembre, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, convocó una reunión urgente de la Mesa de Negociación del Personal docente no universitario, para presentar la modificación de urgencia del Real Decreto que regula el Concurso General de Traslados en todo el Estado, debido a la reciente Sentencia del Tribunal Supremo que obliga, en cumplimiento de la directiva de la Unión Europea, a computar la experiencia y antigüedad como funcionario interino o en prácticas al igual que la de funcionario de carrera.

Por ese motivo presentó la modificación de los apartados relativos a la antigüedad en el cuerpo, en los que se recogía que la antigüedad estará referida también al tiempo desempeñado como funcionario interino y en prácticas. No viéndose afectados otros apartados como el de antigüedad en el centro. Por otro lado, se modificaba el relativo a las funciones o cargos desempeñados, valorándose también los desempeñados como interino o en prácticas. 

En definitiva, se ha planteado la modificación en los mismos términos que se realizó en su momento en Galicia, donde ya existía una Sentencia firme que obligaba a computar los servicios prestados como interino y en prácticas para el CGT.

Desde ANPE recordamos que desde hace años, hemos advertido de la necesidad de reformar el RD 1364/2010 por la multitud de sentencias que se han ido acumulando en todos estos años de los Tribunales Superiores de Justicia de las distintas comunidades autónomas sobre la aplicación e interpretación de distintos apartados del baremo, en algunos casos con sentencias contradictorias. Pero no sólo por estas sentencias, sino también por las existentes del Tribunal Supremo que obligan a parchear la norma básica del CGT continuamente. Esto hace más que patente la urgente necesidad de una reforma global del concurso de traslados y no ir poniendo parches según surgen las sentencias.

Para ANPE habría que abordar una reforma total del baremo del CGT, una vez hechas las modificaciones que sentencias del Tribunal Supremo como esta obligan, y buscar un mejor reequilibrio y ponderación en la baremación de los distintos apartados. Pero esta reforma requiere de reflexión y de tiempo para buscar un modelo de CGT lo más equilibrado y ponderado posible y, por supuesto, con normas de aplicación e interpretación del baremo comunes en todo el Estado.

Lo que se pretende realizar, por medio de las convocatorias de las comunidades autónomas primero y con la modificación del Real Decreto después, es un nuevo parche parcial obligado por una sentencia del Tribunal Supremo. Que no debería obligar a modificar sólo este apartado, que es el que obliga en sí en la Sentencia, sino el baremo en toda su extensión y buscar el necesario reequilibrio en todos los apartados del baremo.

Para ANPE está claro que las Sentencias están para acatarlas y cumplirlas, pero también es cierto que, aprovechando la necesidad de modificación del Real Dedreto del CGT se debería abordar una reforma en profundidad del mismo.

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