ANPE 622 Mayo-Junio 2024

jueves, octubre 10, 2024

ANPE Navarra

ANPE defiende a los docentes. Sentencias favorables obtenidas por la Asesoría Jurídica de ANPE

Uno de los ámbitos de actuación desde los que ANPE defiende los intereses de los docentes de la Enseñanza Pública es el ámbito judicial. A lo largo de estos años nuestro asesor jurídico ha tramitado y defendido innumerables cuestiones planteadas por nuestros afiliados y afiliadas que han ido suponiendo mejoras de las condiciones laborales de todo el profesorado. A la muy relevante sentencia favorable al reconocimiento del derecho a la percepción del complemento del GRADO por parte del personal contratado, obtenida en verano de 2018, se han ido sumando otras muchas que afectan a situaciones concretas, pero que significan mejoras en las condiciones laborales de todo el profesorado, puesto que todos nos podemos encontrar en alguna de esas situaciones. 

Últimamente nuestra asesoría jurídica ha obtenido sentencias favorables en tres cuestiones de interés de las que te queremos informar:

  • Concreción del periodo de vacaciones del personal docente. Esta sentencia pionera señala que los 27 días laborables con los que cuenta el profesorado se fijan para su disfrute en el mes de agosto y los últimos días de julio. En el caso de que la Administración quiera trasladar esas fechas a otro momento, debe notificar expresamente al trabajador dicho cambio. Esta cuestión es muy relevante puesto que establece que, si un docente está de baja médica en el mes de agosto, tiene derecho al cobro o disfrute posterior de esas vacaciones, como regla general. 
  • Renuncia a la solicitud de jornada reducida, antes de su inicio. Aunque la normativa de reducciones no recoja el derecho a la renuncia, si se lleva a cabo con los requisitos formales y materiales de dicha figura jurídica, se tiene derecho a la solicitud y no, como pretendía la Administración, abocar a la persona solicitante a iniciar la reducción aunque antes de su inicio hayan cambiado las circunstancias y ya no le interese. Además, es relevante que en esta sentencia se recuerda a la Administración que es irregular la notificación de resoluciones mediante correos electrónicos, como de forma ordinaria lleva a cabo el Departamento de Educación, sin cumplir los requisitos formales de las notificaciones.
  • Derecho al acceso a comisión de servicios en el caso de prórroga de la fase de prácticas por motivo de maternidad. Se producía una conculcación de derechos fundamentales cuando, por motivo de maternidad, se deben prorrogar las prácticas y debido a ello se deniega una Comisión de Servicios. Esta sentencia va a conllevar, además, la modificación de la normativa. Es de interés dado que la Administración debe comprender que quien prorrogue las prácticas por maternidad tiene exactamente los mismos derechos que quien las lleva a cabo, en toda su extensión. Y si la normativa concreta no ampara estos derechos, incumple el art. 14 CE entre otros, por discriminación.

Desde ANPE seguimos trabajando con seriedad y profesionalidad en el ámbito jurídico para defender al profesorado de abusos y continuaremos velando por el interés de nuestra afiliación. 

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