Por RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2026 (DOE 18 de junio 2026), de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2026/2027, que será de aplicación en los centros de primer ciclo de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y en el resto de centros docentes de niveles no universitarios sostenidos con fondos públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
| Enseñanzas | Inicio | Fin | Entrega calificaciones |
| Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria. | 10 de septiembre | 18 de junio | 23 de junio |
| Primer curso de Bachillerato. | 11 de septiembre | 17 de junio | Ordinaria: 17 de junio |
| Extraordinaria: 23 de junio | |||
| Segundo curso de Bachillerato. | 11 de septiembre | 7 de mayo | Ordinaria: 17 de mayo |
| Extraordinaria: 16 de junio | |||
| Ciclos Formativos de GM y GS. | 10 de septiembre | 4 de junio | Ordinaria: 10 de junio |
| Extraordinaria: 21 de junio | |||
| Ciclos Formativos de GB | 10 de septiembre | 18 de junio | Final Ordinaria: 10 de junio |
| Final Extraordinaria: 21 de junio |

Calendario Escolar para el curso 2026/2027. Enseñanzas de Régimen Especial
- En todas las enseñanzas de régimen especial, la duración del curso escolar comprenderá desde 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027.
- Las actividades lectivas correspondientes a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y de Danza se iniciarán el 1 de octubre de 2026 y finalizarán el 11 de junio de 2027. Las calificaciones correspondientes a la evaluación final ordinaria se entregarán el día 19 de junio de 2027. En el caso de 6º curso de las Enseñanzas Profesionales, con el fin de permitir la simultaneidad de estudios con las Enseñanzas de Régimen General, las actividades lectivas finalizarán el 7 de mayo y la entrega de calificaciones será el 14 de mayo. Entre el 1 y el 3 de septiembre de 2027, ambos inclusive, se celebrarán las pruebas de evaluación extraordinarias, las sesiones de evaluación y la entrega de calificaciones de esta convocatoria.
- A las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño les será de aplicación, lo establecido para las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Medio y Superior, en lo concerniente al inicio y final de las actividades lectivas y a la entrega de las calificaciones de los módulos, incluidas las de obra final, proyecto final o proyecto integrado, tanto de las convocatorias ordinarias como de las extraordinarias.
- El alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Diseño y Música iniciará el curso escolar el día 21 de septiembre de 2026 y terminará el 25 de junio de 2027. El período lectivo correspondiente a las actividades docentes durante del curso 2026-2027, es de 37 semanas divididas en dos cuatrimestres. El primer cuatrimestre comprende del día 21 de septiembre de 2026 al día 5 de febrero de 2027 (ambos incluidos) y el segundo cuatrimestre del día 8 de febrero de 2027 al día 25 de junio de 2027 (ambos incluidos). En estos cuatrimestres, se desarrolla la actividad lectiva del curso que incluye tanto la actividad docente como las pruebas de evaluación (ordinarias y extraordinarias) y otras actividades formativas.
- Las actividades lectivas correspondientes a la docencia directa con alumnado en las enseñanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas se iniciarán el 1 de octubre de 2026 y finalizarán el 28 de mayo de 2027. En el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2027, ambos inclusive, los centros realizarán estas actividades: pruebas de evaluación y pruebas unificadas de certificación escritas y orales de alumnado oficial en centros y aulas adscritas, libres y enseñanzas semipresencial y a distancia; pruebas de nivel, evaluaciones finales ordinarias, publicación de notas, revisión de pruebas y período de reclamaciones, además de las reuniones de coordinación y planificación propias del final de curso, incluida la preparación de las pruebas extraordinarias de septiembre. Entre el 1 y el 30 de septiembre de 2027, se celebrarán todas las actividades descritas en el párrafo anterior correspondientes a la convocatoria extraordinaria de septiembre. Asimismo, se resolverán las sucesivas fases del procedimiento de admisión y matriculación del alumnado oficial en centros y aulas adscritas, la determinación de grupos y horarios lectivos y se realizarán las sesiones de coordinación y planificación propias del inicio del curso.
- Los centros, públicos y privados, que impartan Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial comenzarán la actividad académica de estas enseñanzas el día 1 de septiembre de 2026 y las finalizarán el 30 de junio de 2027, pudiendo extender esta actividad hasta el día 31 de julio de 2027 si, por razones académicas u organizativas, así lo requirieran la Administración educativa o el titular del centro. Las actividades lectivas deberán iniciarse no más tarde del 7 de octubre de 2026 y no podrán finalizar antes del 11 de junio de 2027. Los días comprendidos entre el 1 de septiembre de 2026 y el inicio de las actividades lectivas se destinarán a la realización de la convocatoria extraordinaria de evaluación, a la celebración de las pruebas de acceso, así como a la preparación del curso en lo relativo a la elaboración de las programaciones didácticas, la configuración de los horarios del profesorado y del alumnado, la planificación de las actividades del nuevo curso y cualquier otra actividad que sea requerida por la Administración educativa al equipo directivo o, en su caso, al titular del centro. Los días comprendidos entre la finalización de las actividades lectivas y el 30 de junio o, en su caso, el 31 de julio de 2027 estarán destinados a la finalización de todos los procesos administrativos vinculados a estas enseñanzas. Con carácter general, el calendario y la jornada lectiva deberán respetar estos criterios:
- El horario lectivo del alumnado para el desarrollo del currículo será el fijado en la normativa vigente de aplicación que se determine para cada una de las modalidades y especialidades deportivas.
- En cada grupo de alumnado podrán impartirse hasta un máximo de siete períodos lectivos al día, con un descanso de quince minutos como mínimo cada tres períodos.
- Los días lectivos semanales son los comprendidos entre el lunes y el viernes, ambos incluidos
Períodos no lectivos, festividades y Día del Centro
Se establecen, para el curso 2026/2027, los periodos no lectivos, festividades y Día del Centro,
Los periodos no lectivos serán:
- Navidad: Del 23 de diciembre de 2026 al 7 de enero de 2027, ambos inclusive.
- Semana Santa: Del 22 de marzo de 2027 al 29 de marzo de 2027, ambos inclusive.
Las festividades y días no lectivos serán:
- 8 de septiembre de 2026: Día de Extremadura.
- 12 de octubre de 2026: Día de la Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre de 2026: Día de Todos los Santos.
- 2 de noviembre de 2026: lunes siguiente al día de Todos los Santos.
- 23 de noviembre de 2026: Día de Santa Cecilia (únicamente para los Conservatorios Oficiales de Música).
- 6 de diciembre de 2026: Día de la Constitución Española.
- 7 de diciembre de 2026: lunes siguiente al día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre de 2026: Día de la Inmaculada Concepción.
- 6 de enero de 2027: Epifanía del Señor.
- 29 de enero de 2027: Día del Docente (excepto para los Conservatorios Oficiales de Música).
- 8 y 9 de febrero de 2027: Carnavales.
- 1 de mayo de 2026: Día del Trabajo.
Asimismo, se considerarán días no lectivos las fiestas locales establecidas por los respectivos Ayuntamientos y recogidas en el calendario laboral y las recogidas en el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el supuesto de que una o ambas fiestas locales coincidan con días no lectivos del calendario escolar del curso 2026/2027, los Consejos Escolares de los centros educativos de cada localidad o municipio podrán determinar, de común acuerdo, el día o días lectivos que los sustituyan. Aquellos días sustitutivos de las fiestas locales no podrán fijarse los días inmediatamente anteriores ni posteriores al inicio y fin de las actividades lectivas.
Se establecerá un día lectivo a elegir por el centro (Día del Centro) con el fin de fomentar actividades culturales y recreativas que promuevan la apertura de la institución educativa y la presentación de sus miembros a la comunidad. Este día deberá estar incluido en la Programación General Anual.


